En esta época de pandemia que nos ha tocado vivir, muchas son las consultas en el despacho sobre otorgar o no testamento. Si bien no es obligatorio otorgarlo, es conveniente hacerlo.
Pero bien, ¿sabemos lo que es un testamento? Es un acto jurídico donde una persona dispone para después de su muerte, como se administraran y adjudicarán sus bienes.
Otorgar testamento, podrá evitar disputas entre los familiares del fallecido a la hora de atribuirse y repartirse su patrimonio, pero a su vez; evitará el costoso trámite burocrático que hay que realizar cuando una persona fallece sin testamento.
¿ QUIEN PUEDE REALIZAR TESTAMENTO?
La regla general establece que pueden testar todos aquellos a los que la ley no se lo prohíbe expresamente.
La ley, y más concretamente el código civil, en su artículo 663 establece, quienes están incapacitados para testar, e indica los siguientes supuestos:
1.-Menores de 14 años.
2.-El que habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio.
Si tenéis cualquier duda sobre vuestro testamento, no dudéis en poneros en contacto con nuestro despacho.
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